Los niveles legales, dificultan la acción legal contra la electropolución.

Bajo el titulo “Estado actual del debate jurídico y sanitario. Defensa posible frente a instalaciones ilegales”, el Grupo de Estudio de Medio Ambiente del Colegio de Abogados de Bizkaia ha organizado este viernes 27 de abril a las 10.15h en su sede, una jornada para informar a sus colegiados sobre la nueva situación que ha originado la reciente sentencia del Tribunal Constitucional 8/2012 en torno a la contaminación electromagnética. “Esta resolución supone un paso atrás ya que se reafirman las competencias exclusivas del Estado en la gestión y control de las emisiones radioeléctricas y en función de éstas competencias, el Estado ha fijado unos niveles de emisión e inmisión demasiado permisivos”, afirma Alfonso Terceño, abogado y responsable del grupo, recogiendo también la opinión de los compañeros letrados intervinientes en la jornada Agustín Bocos y José Alberto Arrate.

A partir de ahora será únicamente el gobierno central quien fije los límites de electropolución, el cual tiene fijados unos niveles máximos de GSM a 450 microvatios, un retroceso que termina conalgunas incitativas pioneras” establecidas por comunidades autónomas. “De esta forma, se van a dejar atrás medidas, como la impuesta por Cataluña, que redujo los niveles máximos de GSM a 10 microvatios”, señala el letrado.

Aunque los principales emisores son las antenas de telefonía, no son las únicas; el wifi, los electrodomésticos o los microondas son también puntos de emisión electromagnética. Una situación que ha empeorado con el uso masivo de la telefonía inalámbrica cuando aún en la comunidad científica no existe un consenso sobre los efectos sobre la salud de estos sistemas.

Fuente: http://www.difusionjuridica.es/portal/articulo.php?id_art=11311

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